La S.R.L. es un tipo de empresa en la cual la responsabilidad patrimonial se limita únicamente al capital aportado por los socios, comúnmente encuadradas bajo la denominación de “cuotas” o “participaciones societarias”. En una Sociedad de Responsabilidad Limitada, deberá haber un mínimo de dos socios, y será obligatoria la designación de uno o más gerentes, que son los que representarán a la empresa.
Al igual que los demás tipos societarios, su ejercicio estará condicionado por la regularización en las presentaciones juradas que realicen ante la AFIP, haciéndolo de la siguiente forma:
Aquellos impuestos a nombre de la sociedad:
➊ IVA (Impuesto al Valor Agregado).
② Ganancias Personas Jurídicas.
➌ Ingresos Brutos. (ante el organismo de control provincial)
Aquellos que deberán ser declarados por los gerentes de la S.R.L, quiénes deberán inscribirse en:
➊ Ganancias como personas físicas.
② Régimen de Autónomos (aportes jubilatorios mensuales obligatorios)
➌ IVA Exentos (será obligatoria la inscripción, pero NO la presentación de las declaraciones juradas mensuales. Esto último sí se debe hacer de manera mensual a nombre de la sociedad).
*Con información del Estudio Contable CALIM* 🤝
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